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Legislación

Livio Gutiérrez: «Ya es Ley el Sistema de Identificación de Tranqueras»

Se aprobó el Proyecto de Ley 1913/20 del diputado radical convirtiéndose en Ley 3579J, creando así el Sistema de Identificación de Tranqueras denominado "Mapa Interactivo Rural".

Livio Gutiérrez

El mismo consiste el funcionamiento de este sistema, en cada tranquera de acceso a los establecimientos rurales se deberá colocar una chapa identificatoria que será provista por el Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia.

En este sentido el legislador mencionó “con la creación de este Sistema, se busca combatir la inseguridad rural, situaciones donde existe violencia de género y urgencias en materia de salud, incendios e inundaciones, dotando de un mapa interactivo a la policía, a los cuarteles de bomberos voluntarios, como así también, a los hospitales provinciales ”.

El sistema de georreferenciación propuesto es implementado a través de la aplicación GOOGLE MAPS, permitiendo contar con referencia de ubicación real y así poder llegar por el camino más corto o más seguro al establecimiento rural.

En su articulado manifiesta que el Sistema de Identificación será obligatorio en toda la zona rural de la provincia y tendrá como principal objetivo combatir la inseguridad y acudir más rápidamente ante emergencias.

En cada tranquera de acceso a los establecimientos rurales se deberá colocar una chapa identificatoria, la cual será georreferenciada registrando las coordenadas y el código del establecimiento rural asignado a través de un mapa interactivo y un nomenclador cuya custodia y operatividad serán de exclusiva responsabilidad de la autoridad de aplicación, que será el Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia del Chaco.

A los fines del otorgamiento y provisión de la chapa identificatoria, la Autoridad de Aplicación, generará un Registro de Usuarios del Sistema de Identificación de Tranqueras el cual deberá mantenerse en constante actualización y suministrará sus datos al MAPA INTERACTIVO RURAL.

Esta deberá contener inicialmente los caracteres en letra y número que coincidan con el departamento de la provincia en el que se encuentre ubicado el establecimiento rural, seguidamente deberá consignarse caracteres en letras y números con el objeto de individualizar el establecimiento. No tiene contenido tributario ni importa cuestiones de titularidad de inmueble siendo su utilidad la ubicación en emergencias.


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