La primera audiencia pública se realizó en Los Frentones, para la actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos –OTBN- de la provincia del Chaco.
Las audiencias públicas fueron convocadas para los días 28, 29 y 30 de septiembre, concretándose la primera de ellas en Los Frentones, seguirá en Charata y luego en Castelli.
En el encuentro de Los Frentones, concretado en el salón de usos múltiples de la AEFOCh, Asociación Empresaria y Forestal del Oeste Chaqueño, se expusieron varios temas relacionados a este objetivo. La mesa estuvo presidida por el subsecretario de Desarrollo Forestal Luciano Olivares; el director de Bosques del Chaco, Emanuel Carrocino, se contó además con la asistencia del diputado provincial Juan José Bergia y de la intendente de Pampa del Infierno, Glenda Seifert, además de concejales municipales y de la presidente de la AEFOCh, Ana Victoria Hupaluk.
Algunos puntos expuestos
Se indicó que en el año 2022 se sancionó el Decreto 2157/22 que aprobó un mapa de OTBN que tiene los siguientes problemas:
En primer lugar, se aprobó un mapa que se aparta de la propuesta de la mesa técnica, conformada por especialistas y referentes del sector productivo. También, el mismo decreto aprobó un texto que no fue puesto en consulta en los talleres de septiembre por el Ministerio de Ambiente.
En segundo lugar, señalaron algunos de los exponentes –que tuvieron cinco minutos para dejar la postura que llevaron—que el mapa aprobado deja fuera de la zona verde al departamento San Martín, que se encontraba verde en el OTBN del 2009, que es una zona que dispone de suelos para cultivos forrajero para la producción ganadera.
El depaertamento Almirante Brown
Señalaron que el Departamento Almirante Brown, en gran parte no se incorporó a la zona verde, que es necesario, para poder trabajar con permisos en áreas con potencial agrícola, según los estudios de suelos del INTA.
Es importante que se tenga la oportunidad a esos lotes de poder desarrollarse, a través de los permisos, lo contrario solo se induce a la ilegalidad. Antes que la prohibición es mucho más favorable la regulación, y que se permita los permisos, para poder cumplir con la Ley.
Una «zona naranja» de 1 millón de hectáreas
A la par, se indicó que el mapa aprobado incorpora una nueva “zona naranja” de 1 millón de hectáreas en el departamento General Güemes, que se aparta de las categorías de la Ley 26.331 (rojo, amarillo y verde), y limita con burocracia y restricciones los aprovechamientos forestales y silvopasotriles en esta zona, que son las principales actividades de la zona.
Decreto con errores
Expusieron los representantes de los sectores productivos que el texto del Decreto 2157/22, “tiene muchos errores y cosas por mejorar y corregir”, mencionando por ejemplo lo siguiente:
• Se debe dejar sin efecto el Decreto en todas sus partes que modifique la Ley 1762-R, un decreto no puede modificar una Ley, y va a dejar expuesto a cualquier acción judicial que suspenda su aplicación.
• Es confuso el Concepto de bosques que detalla en el art. 2 y el art. 16 del Decreto. Considera a las especies invasoras como bosques, lo que implica que para manejarlas hay que solicitar un permiso de cambio de uso de suelo, donde la realidad marca que las invasoras dan presencia en su mayoría en la zona amarilla del OTBN, donde por la Ley 26.331 el desmonte está prohibido.
• El decreto plantea que hay varias autoridades, una que evalúa y autoriza un tipo de permisos, y otra autoridad otros (art. 11). Tiene que ser la misma autoridad la que evalúe y autorice todos los tipos de permisos, para evitar la burocracia y que los plazos de aprobación se extiendan en el tiempo.
• Se debe Eliminar de la categoría naranja (art. 6 y 9) por apartarse de la clasificación de la Ley 26.331
• Resaltar que todos los permisos de cambio de uso de suelo, deben transitar un proceso de evaluación de impacto ambiental y audiencias públicas previas a su autorización, que es el soporte de legalidad que tienen este tipo de permisos, y tenemos que defenderlo.
• Se debe derogar el art. 17 del Decreto 2157/22, que elimina la alternativa de reservas y clausuras forestales modificando la Ley 6.409.
Cambio de categoría hasta un 20%
Se debe incorporar la posibilidad de que se permita el cambio de categoría hasta en un 20% como máximo para poder hacer chacra y cultivar forrajes para el alimento de la ganadería, sino la producción ganadera es inviable sin tener un buen aporte nutricional, y especialmente para algunas zonas alejadas o pequeños productores, donde se encarece el acceso de forraje por las distancias y el costo del flete. Esto sería en zona Amarilla.