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Trabajo

Peche: «Este convenio protege a personas en el ámbito del trabajo, del acoso y la violencia»

Piden a los legisladores nacionales del Chaco que acompañen la aprobación del proyecto de ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Carim Peche

El presidente del bloque de legisladores de la UCR Carim Peche, junto al diputado Gustavo Corradi, presentaron un Proyecto de Declaración ante la Cámara de Diputados provincial a fin de solicitar a los señores legisladores nacionales representantes del Chaco, acompañen la aprobación del proyecto de ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reunida en Ginebra el 10 de junio de 2019 contra la violencia y el acoso en el mundo laboral.

Al respecto señalaron que “Este convenio protege a las personas en el mundo del trabajo con inclusión de los trabajadores asalariados y personas que trabajen bajo cualquier situación contractual sea en formación, pasantes, aprendices, trabajadores despedidos, voluntarios, personas en busca de empleo, postulantes a un empleo, individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador en todos los sectores públicos o privados de la economía tanto formal como informal en zonas urbanas o rurales”.

“Según datos del último informe de la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL) dependiente del Ministerio de Trabajo y Empleo de la Nación, estas situaciones alcanzan el 69% en la franja 26 a 45 años, 25% entre 46 a 56 y un 7% en jóvenes entre 18 y 25 años, en este contexto la violencia o acoso es ejercida en una amplia mayoría de los casos por varones sobre mujeres, precisamente el Convenio 190 de la OIT define esa situación como un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, incluyendo al dirigido contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado incorporando el acoso sexual”.

“La incorporación de la norma internacional cubriría un vacío legal en nuestro país dado que, en cumplimiento de los Artículos 4, 5 y 6 del Convenio, se deberá adoptar y adaptar la legislación prohibiendo la violencia y el acoso, elaborar políticas de prevención y combate de estos flagelos, disponer mecanismos de control, facilitar el acceso a programas de apoyo, vías recursivas y de reparación, prever sanciones y educar en la materia, brindado un marco integral al tratamiento de la problemática”.
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