La jueza de Niñez Adolescencia y Familia Nº 2, Liliana Mabel Senger, y la asesora de Niñas Niños y Adolescentes Nº 2, Leda María Rivarola, de la ciudad de Juan José Castelli aclararon cuál es la situación legal que atraviesa la causante en el caso que involucra a la niña F.Z.J. y refirieron que en todo momento su actuación se ajustó a los procedimientos legales con el objetivo único y central de proteger integralmente los derechos de F.Z.J.
Hasta la fecha, la cronología de los hechos fue la siguiente:
– 29 de enero de 2021: ingresa una denuncia realizada por la señora “E” a raíz de que la señora “Z”, madre de la niña “J”, la entregó a “E” para que ella y su esposo la reciban en cuidado. Esta situación fue puesta en conocimiento de la asesora Rivarola y la Unidad de Protección integral (UPI), que adoptó una medida de resguardo en favor de “J” por 48 horas en el domicilio de la pareja “F” y “E”. Una vez vencido el término, “J” regresó al cuidado de su madre, que lo asumió con apoyo de un familiar.
– 1 de febrero de 2021: el matrimonio “F” y “E” se presenta ante Rivarola, junto a “Z” para solicitar asesoramiento respecto de la adopción de “J”. En esa ocasión, la funcionaria les explicó la imposibilidad de realizar tal trámite y formó un legajo administrativo en el que consta lo dicho en el acta suscripta.
– 14 de junio de 2021: se recibe el acta de nacimiento de “J” en la que consta el reconocimiento efectuado por el señor “F” (actualmente imputado en la causa penal).
Ante lo que podría configurar un delito contra la identidad, al día siguiente, la asesora Rivarola radica una denuncia en la Fiscalía de investigación Nº1. La fiscalía desarrolla sus tareas investigativas y solicita una prueba de ADN que, el 20 de abril de 2022, arroja resultado negativo respecto de la paternidad de “F”. Con esta prueba, la asesora Rivarola solicita a la UPI que adopte las medidas que le competen para restituir los derechos de “J”.
– 6 de mayo de 2022: la UPI adopta una medida excepcional (en el marco del artículo 30 de la ley 2086-C) mediante la que dispone el traslado de la niña a un E.C.A dependiente del Ministerio de Desarrollo de la provincia. A este fin, solicita a la jueza Senger una orden de allanamiento que es concedida (conforme el artículo 58 de la ley antes mencionada) con el único efecto dar cumplimiento a la medida.
A raíz de dicha actuación comenzó una campaña en apoyo a las familias involucradas mediante la difusión de imágenes e información de “J”; motivo por el que la asesora Rivarola solicitó y obtuvo de la jueza Senger una medida autosatisfactiva para que cese la difusión o exposición, a través de cualquier modalidad, de cuestiones o circunstancias relacionadas a la intimidad, imagen, privacidad y situación biopsicosocial de la “J”; dada la afectación y vulneración de bienes jurídicos sensibles tales como: identidad, intimidad, imagen y honra.
– 12 de mayo de 2022: a las 7:26 AM ingresa al Juzgado de Niñez Adolescencia y Familia Nº2, vía correo electrónico, una solicitud de control de legalidad de medida excepcional presentada por la UPI, producto de la cual “J” queda a resguardo de sus tíos maternos: B.J y F.A por 90 días. El juzgado dio trámite y fijó para el 13 de mayo la audiencia de control de legalidad, lo cual se notificó fehacientemente a las partes.
– 13 de mayo de 2022: la UPI solicita la suspensión de la audiencia, así como una prórroga, porque cambió el lugar de cumplimiento de la medida excepcional. La jueza Senger hizo lugar al pedido y la nueva fecha quedó sujeta a la incorporación de la nueva disposición del órgano técnico. Tal requerimiento tuvo lugar en virtud de los sucesos del 12 de mayo en la sede de la UPI y que fueron informados por la licenciada Vanesa Heck a la asesora Rivarola.
Heck manifestó que en ese lugar se encontraba un grupo de personas pertenecientes a movimientos sociales que ingresaron junto a “J” (quien estaba a resguardo de F.A. desde la noche del 11 de mayo) y se la entregaron a “Z” y “E”, situación que fue registrada por el personal policial presente.
Ante ello, la asesora Rivarola solicitó que se realice una denuncia penal de forma urgente e intervino la Fiscalía de Investigación Nº1, quien solicitó a los ayudantes fiscales que trasladen al Hospital Bicententario a la niña “J”, las señoras “E” y “Z” y la operadora de UPI, para que les realicen un informe médico, después de lo cual debían ser llevadas a los estrados de la Fiscalía.
A las doce del mediodía, la asesora Rivarola fue convocada por la fiscal Maldonado para que acompañe la realización de la denuncia ante la dependencia a su cargo.
A las 13.30, mediante orden de la funcionaria y con colaboración de la policía, “J” fue restituida al personal del O.T.A. y luego trasladada con custodia hasta un E.C.A., a fin de que prosiga con la medida.
Posteriormente, le fueron impuestas una serie de cargas a los señores “Z”, “E” y “F”. Luego, en virtud de que un movimiento social y familiares de los reclamantes no permitían que las funcionarias Maldonado y Rivarola, ni el personal de Fiscalía Nº1, egresaran del edificio de tribunales, tuvo lugar una reunión con una dirigente y la progenitora, en la que les fueron explicados los alcances de todas las actuaciones. Como resultado de este diálogo, pasadas las 15.30, agentes y funcionarias pudieron retirarse del lugar con custodia policial. Sin embargo, un grupo de manifestantes permaneció afuera del edificio de tribunales junto a familiares de la niña y su progenitora durante toda la noche.
También el 13 de mayo, en el marco de la audiencia de control de legalidad fracasada, se presentó la progenitora junto a su letrado patrocinante y un familiar de confianza, quienes fueron notificados del expediente.
Así mismo, referentes de diferentes movimientos sociales cursaron una nota solicitando información sobre el trámite de la causa, por lo que la jueza Senger y la secretaria del juzgado se reunieron con los requirentes para explicarles lo acontecido con los recaudos del caso. Después de esto, al asegurar que comprendieron la situación, los manifestantes se retiraron del edifico y pusieron fin a las medidas de fuerza que realizaban desde el día anterior. En todo momento las autoridades judiciales contaron con el acompañamiento y predisposición del personal policial.
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