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Locales

La justicia declaró inconstitucional el «impuestazo» en Resistencia

La Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa declaró inconstitucional la Ordenanza Tributaria Municipal 2020 que estableció el polémico aumento de los tributos municipales.

La sentencia fue dictada este lunes 22 de junio y lleva las firmas de los camaristas Natalia Prato y Héctor Geijo. Vale recordar que, el 4 de junio pasado, la Cámara Contenciosa había hecho lugar a la medida cautelar que acompañaba el amparo.

Para los camaristas, durante la sanción de la Ordenanza General Tributaria 2020, “se afectaron de manera manifiesta las facultades legislativas, competencias y prerrogativas constitucionales del actor y de todos los concejales, quienes están investidos de representatividad para participar en el debate y en la votación en particular, conforme el principio constitucional de legalidad y de reserva de ley tributaria”.

“La voz en la deliberación y el voto de los concejales, son mecanismos al servicio del ciudadano, y su reconocimiento como derecho y/o prerrogativa de la función estatal, es instrumental a la participación política del cuerpo electoral a través de sus representantes”, consigna el fallo en sus fundamentos.

En otro tramo de los fundamentos, los camaristas consideran que “conforme una concepción deliberativa de la democracia, es necesario conocer las razones que justifican las decisiones que se toman, y que los legisladores voten sabiendo el contenido de la norma. En este sentido, resulta contrario a nuestro sistema de gobierno la sanción de la Ordenanza N° 13.258, votada junto a otras ordenanzas en una cesión maratónica de cincuenta minutos –de 12:00 hs. a 12:50 hs.-, porque era desconocida formalmente por la mayoría de los Concejales al no ser tratada íntegramente en el recinto -solo tres suscriben el Dictamen de Comisión-, y porque el texto aprobado por la Comisión fue modificado por Secretaría según lo acordado en labor parlamentaria -de la cual no hay acta- (ver Pto. 6.1, versión taquigráfica)”.
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