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Salud

El uso del barbijo y la salud

Nuestro país ha comenzado la etapa post pandemia luego de una muy extensa cuarentena única en el mundo y campañas de vacunación masiva.

Se sigue insistiendo en el uso de la mascarilla ahora según consejos del Ministerio de Salud Pública Provincial por criterios de prevención y probable aumento de casos de la gripe “A”.

Este es el punto a reflexionar dado que en CABA – Ciudad Autónoma de Buenos Aires- y en otras provincias, se ha levantado la restricción para los alumnos en todos los establecimientos escolares aunque nunca se ha informado de la evidencia científica para tal medida sanitaria. Cabe destacar que en el año 2009 tuvimos la epidemia de la Gripe “A” pero en meses, todo se simplificó y criterios epidemiológicos desaconsejaban el uso del barbijo en personas sanas. Actualmente parecería que sin evidencias científicas de la conveniencia o no de su uso, se pretende continuar con la obligatoriedad del uso de la mascarilla. Esto no condice con muchas evaluaciones de especialistas que ya se han expedido a la medida por acabadas razones empíricas.

A fin de clarificar y discernir el tema del uso obligatorio del barbijo invocamos la Ley Nacional 27.275 de Acceso a la Información Pública y la Provincial nº1774 B y ejercemos el derecho ciudadano (art.14 de la Constitución Nacional) de requerir los criterios científicos de la medida indicada para continuar con la exigencia del uso diario del barbijo. Y con el debido respeto que corresponde, solicitamos la información de las evidencias científicas de que el no uso de los barbijos y/o simples tapabocas hace AUMENTAR Y/O PUEDE AUMENTAR la contagiosidad y/o la TRASMISIÓN DEL VIRUS SARs – COV2 , Gripe A u otros semejantes. Recordamos que por Comunicado del 03/07/2009 la autoridad nacional ANMAT supo expresamente “ desaconsejar el uso masivo y generalizado de barbijos en la población que no presentaba, en ese entonces síntomas de influenza” y ha circulado por redes sociales un video del Dr. Pedro Cahan desaconsejando expresamente el uso para población sana, sólo indicando para médicos y profesiones afines. Acaso los criterios científicos han variado? O la inmunidad colectiva natural de las poblaciones puede no ser considerada como una alternativa para superar este flagelo?

Cabe destacar que según la Neurofisiología y la Neurotoxicología el uso de las mascarillas conlleva serios riesgos en el uso prolongado de las mismas, puesto que se reinhala el propio aire. Ello representa menos oxígeno al cerebro y la saturación de dióxido de carbono sabiendo que el cerebro humano es muy sensible a la falta de oxígeno se podría iniciar así un proceso neurodegenerativo en el cerebro. Es decir, la falta de oxígeno es peligrosa para el cerebro y la acidificación que produce en el organismo, afecta la inmunidad natural.

Asimismo, hemos recibido información de reconocidos profesionales de la salud de nuestro país y del exterior, que demuestran que el uso prolongado del barbijo podría conducirnos a consecuencias negativas, como la hipoxia, la hipercapnia o la acidosis sobre todo en personas adultas con enfermedades de base. En tal sentido, destacamos las conclusiones expuestas en el trabajo de reconocidos especialistas nacionales que dice: “El uso compulsivo de las máscaras faciales en población general sana, en particular en tiempos de epidemias de enfermedades transmisibles y contagiosas – por fuera de los ambientes de atención hospitalaria o de atención de la salud – conlleva riesgos para la salud no comunicados, omitidos o inadvertidos que superan los posibles beneficios de su aplicación. El público en general no comprende el uso correcto de las mascarillas y el riesgo que eso implica, además de lo comunicado para prevenir infección. Debido a que el uso de las mascarillas tiene altas probabilidades de efectos patógenos sumados por varios factores ambientales incluyendo los biológicos con relación a los posibles beneficios, no se recomienda el uso coercitivo y masivo de las mismas.

Texto fidedigno del trabajo que se titula “INOCUIDAD Y RIESGOS DEL USO DE MASCARILLAS NASO-ORO-FACIALES PARA INFECCIONES VIRALES. EL CASO DE ARGENTINA PARA LA EPIDEMIA SARS.COV2.” Participaron los dres. Schinder Edgardo O.M., Valdez Oscar E., Dra Gatica Valdés Mariela, Dra Arrigazzi Marcela, Dr. Mas Mario, Bruno Roxana de reconocida trayectoria profesional.

Por último, queremos referirnos al uso de mascarillas en niños, a propósito del inicio de clases presenciales. “Uso de mascarillas en niños: a) Los niños de hasta cinco(5) años de edad no deberán usar mascarillas…b) …..de 6 a 11 años de edad se deberá adoptar un enfoque basado en los riesgos,…, la intensidad de la transmisión, la capacidad del niño para utilizarlas de forma correcta y la disponibilidad de supervisión adecuada de un adulto, y otros factores …c) En cuanto a los niños y adolescentes a partir de los 12 años, se seguirán los mismos principios que para los adultos. d) … consideraciones especiales para los niños inmunodeprimidos o los pacientes pediátricos con fibrosis quística o algunas otras enfermedades (por ejemplo, cáncer), así como para los niños de cualquier edad con trastornos del desarrollo, discapacidades u otros trastornos de salud específicos que pudieran interferir con el uso de mascarillas”.Todo ello, según criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Asimismo, vemos cada día un mayor número de padres y madres preocupados por la salud de sus hijos, a quienes se les exige el uso de tapabocas en las escuelas.

No sólo que invocamos la Ley Nacional 27275 de Información Pública, sino que ante todo nos asisten “Los derechos del paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud “ de la Ley Nacional nº 26.529, y nos habilita a conocer y requerir se reconsidere la medida que establece la obligatoriedad del uso de mascarillas.

P/Equipo Interdisciplinario VERDAD+VIDA+LIBERTAD (CHACO):
Dr. Marcelo Fernández (Médico Cirujano Mat.Prof.7.000)
Dra. Silvia Cáceres (Médica Pediatra Mat.Prof. 3.319)
Dra. Liliana Ledesma (Médica Clínica Mat.Prof. 2.918)
Dra. Vibiana Esquivel (Médica Uróloga Mat.Prof. 3.518)
Dra. Davies Doli Gòmez (Bioquìmica Mat.Prof.637)
Dra.Marcela Escobar (Abogada M.P.6.153 STJ)
Dra.Claudia Cáceres (Abogada M.P.1.955 STJ)
Dr.Mario Villafañe (Abogado M.P.5.688 STJ)
Dra. Claudia A. Martínez (Abogada M.P.3.120 STJ)
Escr.Clelia Avila (Tit.Registro Nº4-Rcia)
Escr.Marisa E. Schahovskoy (Tit.Registro Nº3 Las Breñas)
Mirian Acosta (Docente- D.N.I 14.141.556- Pcia. R. Saenz Peña)
Ramiro Romero (Docente-D.N.I. 33.524.489-Villa Angela)
Ricardo Ristoff (D.N.I 30.730.276- Empleado judicial-Las Breñas)
Karen V. Nieto (D.N.I. 30.581.316 -Lic.en Nutrición- Las Breñas)
Dra. Liliana Pozzi (abogada M.P.2.243 STJ)


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