De ser sancionado, cubriría el vacío legislativo que llevó a una práctica que menoscaba la Dignidad y los Derechos Humanos de las personas que fallecen antes de haber nacido, o que nacen ya sin vida; asì como la dignidad y derechos de sus padres y familiares. La práctica consiste en que cuando una persona fallece antes de haber nacido, o nace ya sin vida, no existe ningún acto oficial del Estado reconociendo la existencia y la identidad de la persona fallecida.
Esto permitirá que los padres o familiares puedan darle sepultura a sus hijos con el correspondiente nombre y apellido y contarán con una Partida de Nacimiento y una Documentación; además, pondrá fin a un acto discriminatorio entre las personas nacidas con vida y las que no.
A través de este Anteproyecto sea crea un Documento Nacional de la Persona Humana No Nacida en donde se consigna su nombre y apellido, el de sus padres, y toda otra información que haga a la identidad de la persona; el cual no está sujeto a la voluntad de sus padres ni de persona alguna.Por último, se contempla la confección de estadísticas referidas a las causas de muerte de las personas por nacer para que puedan diagramarse políticas públicas de salud, como así también mejorarse las prácticas y tratamientos médicos, que mejoren las condiciones de vida de las personas por nacer.
Este anteproyecto de ley tiene por autor al abogado de la ciudad de Charata, Dr. Enrique César Paz y cuenta con el acompañamiento del Movimiento Unidos por la Vida y la Familia (Chaco).
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